Beneficiarios
Personas físicas que habrán de estar dadas de alta en el Censo de empresarios.
Profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Personas jurídicas.
Cualquier entidad del sector público institucional de cualquier administración pública a la que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, así como las entidades de derecho privado u organizaciones privadas sin ánimo de lucro.
Agrupaciones, asociaciones, consorcios o cualquier otra forma de colaboración de
cualquiera de las figuras de los tres puntos anteriores, con o sin personalidad jurídica
Presentación de solicitudes
Inicio de la solicitud:
20 de Abril de 2022
Fin de la solicitud:
31 de Julio de 2024
Procedimiento de concesión
Concurrencia no competitiva
Proyectos subvencionables
Aplicaciones térmicas para producción de frío y/o calor en edificios.
Aplicaciones de baja, media y alta temperatura en procesos productivos u otras aplicaciones térmicas.
Aplicaciones térmicas para producción de frío y/o calor en edificios.
Aplicaciones de baja, media y alta temperatura en procesos productivos u otras aplicaciones térmicas.
Intensidad de las ayudas
Oscilará del 35 o 50% en función del tamaño de la empresa, del tamaño del proyecto y de la tecnología.